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TEMA 3

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Durante la sesión 3 del Ciclo de Aprendizaje Regional, llevada a cabo el miércoles 23 de agosto, se abordaron experiencias vinculadas a los procesos de reconocimiento y formalización de los derechos colectivos de tenencia de la tierra y tuvo como objetivo identificar las principales lecciones aprendidas respecto de la restitución, reconocimiento y titulación de territorios.

Los tres casos presentados en esta sesión fueron: 1) La comarca Naso Tjër Di en Panamá; 2) Alto Wangki y Bocay en Nicaragua; y 3) La Moskitia en Honduras. En estos casos, los territorios se encuentran dentro de áreas protegidas, lo cual representa un desafío adicional para los pueblos y comunidades cuyos territorios se superponen a estas.

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PONENCIAS

Panamá: Reconocimiento territorial del pueblo Naso: La comarca Naso Tjër Di

Héctor Huertas - abogado kuna


Nicaragua: Demarcación y titulación de territorios indígenas en el marco de la Ley 445, Caso Alto Wangki y Bocay

Francisco Chévez - integrante del PRODEP de la Procuraduría General de la República

¿Qué elementos clave pueden facilitar el reconocimiento legal de los derechos de tenencia a favor de los pueblos indígenas?

- Establecer mecanismos de gobernanza que promuevan la comunicación y la resolución de conflictos con los actores locales es de suma importancia. Actualmente, existe una mayor participación de las comunidades en la gestión de sus territorios, pero aún queda un largo camino para lograr una verdadera autonomía y gobernanza territorial.

- Contar con un equipo legal que represente a los pueblos indígenas para lograr el reconocimiento de sus derechos y para participar en procesos de incidencia o negociación con el gobierno. En el caso de Panamá, los equipos de abogados indígenas han desarrollado estrategias efectivas, apelando a múltiples instancias de manera simultánea. Además, es importante que, a pesar de la diversidad en las formas de gobernanza entre los pueblos indígenas, estos posean la capacidad de incidir en los cambios legislativos de manera articulada.

- En el caso de Honduras, la capacidad del pueblo Miskito para mantener cierto aislamiento y proteger sus territorios ante invasiones fue uno de los elementos que propició la disposición del Gobierno para reconocer sus derechos territoriales. En contraste, el caso del pueblo garífuna, también de Honduras, presenta mayores desafíos debido a que sus territorios están compartidos con la población mestiza, lo que conlleva dificultades en el proceso de saneamiento y consecuencias económicas para el gobierno.

- En el caso de Nicaragua, un elemento fundamental ha sido el compromiso del Gobierno central de incorporar la cuestión de la demarcación en sus planes de desarrollo, lo que incluye la asignación de los recursos financieros necesarios. El establecimiento de una comisión multisectorial en colaboración con líderes indígenas también ha permitido generar un espacio para coordinar y entablar diálogos.

- La organización de los pueblos indígenas, así como una clara estructura organizacional de las comunidades, son esenciales para asegurar el reconocimiento de sus derechos de tenencia.

¿Qué rol deberían tener los fondos ambientales, climáticos y/o de biodiversidad, en los procesos de reconocimientos legales de derechos y de resolución de conflictos territoriales dentro de un área protegida?

- Las organizaciones nacionales e internacionales deben otorgar una mayor visibilidad al papel de los pueblos indígenas en la protección y cuidado de su territorio y biodiversidad, así como reconocer de manera más amplia su titularidad ancestral. En muchos casos, la responsabilidad del manejo y conservación de las áreas protegidas recae en el Estado, dando lugar a situaciones en las que se prohíbe y restringe el acceso a zonas estratégicas para los pueblos indígenas, como sitios sagrados o áreas de pesca y caza. Estas medidas no tienen en cuenta las formas tradicionales que poseen los pueblos para cuidar y ordenar su territorio en las áreas protegidas.

- Mejorar las condiciones institucionales existentes, dada la falta de instituciones especializadas que brinden apoyo y seguimiento a los crecientes conflictos legales vinculados a la tenencia de la tierra. Por ejemplo, a nivel municipal en Honduras, se hace evidente la ausencia de puntos focales, oficinas locales o plataformas interinstitucionales que aborden de manera diferenciada las necesidades específicas de las poblaciones indígenas. Esta carencia limita su capacidad para incidir y participar en el reconocimiento de sus derechos.

- Los fondos ambientales deben considerar, de manera obligatoria, la asignación de financiamiento directo a las comunidades indígenas con el propósito de fortalecer sus iniciativas y facilitar la defensa y ejercicio de sus derechos.

- Los fondos deben asegurarse a lo largo de todo el proceso de reconocimiento, no limitándose únicamente a la etapa de titulación. Esto implica establecer medidas cautelares, adoptadas antes, durante o después de la titulación, para garantizar la eficacia de dicho proceso.

- Los organismos internacionales deben exigir transparencia a los gobiernos nacionales y locales en dichos procesos, además de asegurarse de que los acuerdos y objetivos se cumplan.

Los tres casos presentados resaltan los desafíos post reconocimiento y titulación que aún permanecen en estos territorios. Lecciones aprendidas y recomendaciones para las organizaciones indígenas, gubernamentales y cooperantes que lideran y financian este tipo de procesos:

Para pueblos indígenas:

- Los pueblos indígenas deben administrar y utilizar sus territorios de manera autónoma. Esto requiere contar con leyes que les otorguen la autoridad y los recursos necesarios para administrarlos adecuadamente.

- Contar con una comprensión clara acerca de los límites del territorio, así como con el conocimiento de los derechos relacionados a la tierra y al territorio consignados en el marco jurídico nacional e internacional.

Para gobiernos:

- Para implementar las leyes relacionadas con la declaración de áreas protegidas, es fundamental crear y aplicar planes de ordenamiento y uso. Esto requiere un mayor compromiso, tanto de las entidades de gobierno encargadas de la gestión ambiental como de las organizaciones ambientales de la sociedad civil, para que desempeñen un papel activo y adopten una perspectiva que reconozca los derechos indígenas.

- Alcanzar un consenso entre los actores en territorio y establecer claridad en cuanto al estatus de las tierras, resolviendo las superposiciones de derechos y determinando si son de propiedad privada, estatal, comunitaria, áreas protegidas, u otros.

Para gobiernos y cooperantes:

- Involucrar a jóvenes y mujeres en cada etapa de los procesos y en los espacios de toma de decisiones.

- Una vez que se hayan reconocido los derechos de los pueblos indígenas, es imperativo establecer mecanismos de monitoreo y garantía para la protección de sus territorios. La combinación del monitoreo de los territorios indígenas con el seguimiento de la afectación a los bosques, o la conservación de los recursos naturales, puede facilitar la detección temprana de dinámicas negativas para la territorialidad de los pueblos indígenas, como las invasiones.

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ACUS Mojanda, Ecuador

28 September 2023

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EXPERIENCIA EN LA DEMARCACIÓN Y TITULACIÓN DE LAS AREAS COMPLEMENTARIAS DE LOS TERRITORIOS DE MISKITO INDIAN TASBAIKA KUM Y MAYANGNA SAUNI BU, UBICADOS EN LA ZONA DE REGIMEN ESPECIAL ALTO WANGKY Y BOCAY, DEPARTAMENTO DE JINOTEGA, NICARAGUA

Francisco Chévez - integrante del PRODEP de la Procuraduría General de la República

Titulación de Tierras en la Moskitia Hondureña

Santiago Flores - abogado

CITAS DESTACADAS

📢 ¡NO TE PIERDAS LA DIFUSIÓN DE LA SESIÓN TEMÁTICA 3! 📢

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Héctor Huertas,

abogado kuna de la Corporación de Abogados Indigenas de Panama (CAIP), presentó la lucha del pueblo naso por el reconocimiento de su territorio.

Francisco Chévez,

del PRODEP de la Procuraduría General de la República de Nicaragua, presentó la experiencia del proceso de titulación de los territorios indígenas Miskito Indian Tasbaika Kum y Mayangna Sauni Bu.

Santiago Flores,

abogado especialista en DD.HH. de pueblos indígena, presentó el proceso de reconocimiento de derechos territoriales del pueblo miskitu (Honduras), el cual ha luchado durante cientos de años por el reconocimiento de sus derechos a la tierra y la autogobernanza.